Re: Instructivo de marcación horaria
Johan Igor Guzmán Díaz
joguzman en ubiobio.cl
Jue Nov 27 14:43:53 -03 2025
Estimados
Sumandome a lo que ya expresaron las colegas Monica y Olga, hay un
tercer elemento que es la toma de datos. El respeto a los datos que
debe tener cada académico.
Se debe para poder incorporar en sistema las horas fuera de oficina,
incluso si el reglamento no permite imputar las mismas al item
*trabajo fiscalmente reconocido* pues para efectos de estadística y
cruce de datos se puede medir rendimiento real e incidencia en
enfermedades que se termina convirtiendo en enfermedad profesional,
física o mental. Y tomar decisiones en base a la data real y no a la
data *legal*.
Atte
Johan
El jue, 27 nov 2025 a las 10:04, Asociación Académicos Concepción
(<aaubb_concepcion en ubiobio.cl>) escribió:
>
> Estimadas y estimados asociados,
> Les informamos que hemos recibido oficialmente, para revisión y comentarios, la propuesta final de instructivo del sistema de marcación horaria elaborada por la Comisión de Registro de Asistencia y Teletrabajo del Personal Académico, la cual se adjunta.
>
> Como recordarán, nuestra Asociación manifestó públicamente su desacuerdo con el procedimiento de control horario implementado tras el DUE N.º 4708. En respuesta, la Universidad conformó una comisión para revisar el sistema de registro de asistencia, instancia en la que participó un representante de esta Asociación, con el objetivo de compatibilizar las exigencias de la Contraloría con la autonomía académica, la flexibilidad inherente a nuestras funciones y el Compromiso Académico, instrumento central de verificación del trabajo académico.
>
> Tras varias sesiones, la comisión ha presentado la propuesta adjunta. Sin embargo, debemos señalar que los planteamientos centrales de la Asociación (formulados reiteradamente por nuestro representante) no fueron incorporados en los aspectos sustantivos, pese a estar fundados en el marco legal y estatutario que rige nuestra labor.
>
> A este respecto, consideramos necesario reiterar:
>
> La Ley 21.094 y el propio Estatuto Administrativo establecen que nuestras funciones (docencia, investigación, vinculación y gestión) se evalúan principalmente por resultados y compromisos académicos, no mediante mecanismos de marcación propios del control administrativo de jornada. Cualquier instructivo debe reconocer y respetar esta naturaleza diferenciada.
> El documento enfatiza procedimientos de marcación y trazabilidad que responden a una lógica administrativa y no a la realidad de la labor académica. Si bien la Asociación participó en la comisión mediante representación, la propuesta no refleja adecuadamente las observaciones planteadas, ni dialoga con la especificidad de nuestro trabajo ni con el Compromiso Académico vigente.
>
> Les invitamos a revisar el documento adjunto y enviarnos sus observaciones. Sus aportes serán sistematizados para definir la postura oficial de la Asociación y elaborar la respuesta formal dirigida a Rectoría y Vicerrectoría Académica.
>
> Atentamente,
>
> La Directiva
> _______________________________________________
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